Domingo 22 de Diciembre de 2024

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NACIONALES

12 de septiembre de 2024

Legislatura: presentan un proyecto de ley sobre agroquímicos que incluye zonas de “amortiguamiento”

La iniciativa es de la diputada Silvina Vaccarezza y busca “velar por el fomento e implementación de buenas prácticas agropecuarias”.

La diputada bonaerense Silvina Vaccarezza (UCR + Cambio Federal) presentó un proyecto de Ley de Buenas Prácticas Agrícolas, en busca de sentar parámetros sobre la manera de producir y procesar los productos agropecuarios, que incluye regulación de zonas “sensibles” y de “amortiguamiento” para la aplicación de agroquímicos.

La iniciativa establece presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de gestión, aplicación y uso de productos fitosanitarios en la producción agropecuaria y agroindustrial, en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.

Asimismo, tiene como finalidad “velar por el fomento e implementación de buenas prácticas agropecuarias, a fin de compatibilizar las actividades productivas con la protección de la salud humana y el ambiente en forma sustentable”.

“Este proyecto viene a ser un puente entre el campo y la sociedad, porque entiende las inquietudes de los vecinos y de los consumidores, y la necesidad de que haya una producción eficiente, ordenada y segura para la salud y el ambiente”, expresó Vaccarezza.

En ese sentido, resaltó que “el Proyecto de Ley de presupuestos mínimos para la Gestión de Productos Fitosanitarios tiene una mirada federal e integral: ordena, articula, profesionaliza, controla y sanciona”.

La iniciativa cuenta con el acompañamiento de diputados de distintos bloques con representación parlamentaria, entre ellos Sabrina Sabat (Unión Renovación y Fe), quien además es presidenta de la comisión de Asuntos Agrarios, Luciano Bugallo (Coalición Cívica), Diego Garciarena (UCR + Cambio Federal), Paula Bustos (PRO) y Viviana Dirolli (Acuerdo Cívico UCR – GEN).

Detalles del proyecto

La presente ley alcanzará a los distintos actores involucrados: aplicador; asesor fitosanitario; comercializador; empresa aplicadora; entidad capacitadora; fiscalizador; plantas de acopio y almacenamiento de productos agrícolas; y usuarios.

A su vez, uno de los puntos destacados se refiere al que establece los parámetros para el Ordenamiento Territorial, definiendo alcances de las denominadas “zonas sensibles” y de “amortiguamiento” para la protección de la población ante la aplicación de agroquímicos, algo actualmente regulado por normativas municipales.

Asimismo, se fijan condiciones para la aplicación de fitosanitarios, que deben realizarse bajo condiciones de Buenas Prácticas de Aplicación, lo que incluye el respeto de las normativas vigentes; la Receta fitosanitaria de aplicación emitida por un asesor fitosanitario; operar con equipos aplicadores registrados y habilitados; y bajo condiciones meteorológicas adecuadas.

Fuente: DIB

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