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NACIONALES

9 de diciembre de 2023

Se autoriza la importación de vacuna viva atenuada contra la enfermedad de Aujeszky

Mediante la Resolución Senasa 1281/2023 publicada hoy en el boletín oficial, se autoriza la importación de 1.200.000 dosis.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), a través de su Resolución 1281/2023 publicada hoy en el boletín oficial, autoriza la importación, comercialización y uso de un millón doscientas mil (1.200.000) dosis de vacuna viva atenuada contra la enfermedad de Aujeszky.

La nueva normativa se acordó en la Comisión Nacional de Sanidad y Bienestar de los Porcinos (CONALEP). Tendrá una duración de un (1) año o hasta que se complete el cupo autorizado y entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Las firmas importadoras deben presentar ante el Senasa el Certificado de libre venta, el Certificado de cumplimiento de buenas prácticas de manufactura y, en casos específicos, el convenio entre las partes. El proceso de registro de productos veterinarios se llevará a cabo con prioridad y celeridad.

Cada lote importado será sometido a pruebas en la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del Senasa para garantizar la ausencia de microorganismos no deseados y confirmar la identidad de la vacuna. Los establecimientos con diagnóstico positivo a la enfermedad de Aujeszky deberán presentar un Plan de Saneamiento, que incluya la "vacunación emergencial” o la "vacunación protectora", para su aprobación por el organismo sanitario.

Seguimiento y modificación del Plan de Saneamiento

Los planes de saneamiento se basan en la eliminación de casos positivos, el mejoramiento de la bioseguridad y la vacunación. El veterinario acreditado debe presentar mensualmente registros de vacunación, resultados de laboratorios oficiales y un informe del avance del Plan de Saneamiento.

Los establecimientos de genética y criaderos comerciales deben cumplir con estrictas medidas de bioseguridad y muestreos serológicos periódicos para mantener la certificación de predio libre o negativo. El programa involucra a propietarios, veterinarios acreditados, laboratorios autorizados por el Senasa y las oficinas locales.

En caso de detectarse sueros reactores, se activan protocolos inmediatos. El veterinario oficial toma medidas sanitarias, actualizar datos, realizar investigaciones epidemiológicas y aplicar restricciones parciales de movimientos. Los animales enfermos se aíslan y los recuperados seropositivos se identifican y son enviados a faena. Estos animales se caracterizan por haber sido infectados y haber generar inmunidad, así el virus permanece escondido en el animal (y en el establecimiento) y solo se reactiva ante situaciones de estrés (como el parto) para infectar a otros animales susceptibles, por eso es tan importante realizar un relevamiento serológico.

Esta enfermedad es de notificación obligatoria en Argentina, regida por la Resolución MAGyP N° 474/2009. Este programa implementa medidas de bioseguridad y muestreos serológicos para certificar el estatus de las granjas y controlar los movimientos de los animales. No es frecuente la presentación clínica, pero cuando el propietario o veterinario detecta signos compatibles con la enfermedad debe notificar inmediatamente al Senasa, para que un veterinario visite el establecimiento, verifique la presentación clínica y recolecte muestras.

Es importante destacar que la enfermedad de Aujeszky es causada por un virus, que afecta a varios animales, incluidos cerdos domésticos y silvestres (jabalíes). Se trata de una infección viral de la familia de los herpesvirus, altamente contagiosa. Aunque no supone riesgo para los humanos, su presencia en otras especies puede ser mortal, con excepción de cerdos y jabalíes que son sus huéspedes naturales.

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